Abrieron plataforma de amparos contra Panaut
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El amparo contra el Panaut se realiza mediante el llenado de un formulario, la denuncia pueden interponerse de forma presencial, por correo certificado o a través del portal en línea Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación.
Las demandas acumuladas serán para un juicio en un solo caso.
El padrón acumulaba hasta ese día ya más de 200 suspensiones definitivas, otorgadas por el juez Juan Pablo Gómez Fierro, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.
El Panaut será operado, según el dictamen de la Cámara de Diputados, por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que debe recabar datos como nombre del titular de la línea telefónica; número de celular, fecha y hora de activación de la línea; nacionalidad del usuario, número de identificación con fotografía y CURP; datos biométricos; dirección domiciliaria; datos del concesionario de telecomunicaciones y esquema de contratación de la línea (prepago o pospago).
La plataforma pretende poner al alcance de las personas “una herramienta sencilla que les ayude a interponer una demanda de amparo para proteger sus derechos” ante el Panaut.
Varios organismos han criticado la instalación y operación del padrón de telefonía. Apenas el pasado 12 de mayo, el IFT aprobó interponer una controversia constitucional contra el Padrón, ya que no tiene los recursos insuficientes para instalarlo y regularlo. La ley establece que este órgano autónomo debe encargarse de su implementación total.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspender todos los efectos de las reformas de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) para evitar que se entreguen los datos personales de los usuarios de telefonía móvil.
El Panaut será operado, según el dictamen de la Cámara de Diputados, por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que debe recabar datos como nombre del titular de la línea telefónica; número de celular, fecha y hora de activación de la línea; nacionalidad del usuario, número de identificación con fotografía y CURP; datos biométricos; dirección domiciliaria; datos del concesionario de telecomunicaciones y esquema de contratación de la línea (prepago o pospago).
La plataforma pretende poner al alcance de las personas “una herramienta sencilla que les ayude a interponer una demanda de amparo para proteger sus derechos” ante el Panaut.
Varios organismos han criticado la instalación y operación del padrón de telefonía. Apenas el pasado 12 de mayo, el IFT aprobó interponer una controversia constitucional contra el Padrón, ya que no tiene los recursos insuficientes para instalarlo y regularlo. La ley establece que este órgano autónomo debe encargarse de su implementación total.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspender todos los efectos de las reformas de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) para evitar que se entreguen los datos personales de los usuarios de telefonía móvil.
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